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sábado, 4 de diciembre de 2010

Fueron heridos en Malvinas y el Gobierno les niega la pensión


Preocupadas por la falta de presupuesto, las Fuerzas Armadas no reconocen a los soldados veteranos de Malvinas las discapacidades físicas que las obligarían a pagarles una pensión especial. Apenas uno de cada cuatro ex conscriptos pasó por una junta médica que en la mayoría de los casos falló en contra a pesar de la opinión de médicos “civiles”. El caso del cordobés Guillermo Marini, herido en la batalla de Pradera de Ganso. Silencio en el Ejército y en el ministerio de Defensa.
Por Pedro Ylarri

Testigo. Guillermo Marini no tiene trabajo y sufre de graves secuelas por su paso por la guerra.
Argentinos e ingleses pelearon entre el 27 y el 29 de mayo de 1982 la batalla de Pradera del Ganso, una de las más crudas de la Guerra de Malvinas. En sólo 39 horas murieron 64 personas y otras 209 resultaron heridas, entre ellas Guillermo Marini, entonces conscripto de 19 años. Dos balazos le impactaron en una pierna, y un tercero le perforó un pulmón y una cruz de plata que llevaba colgada. La misma que ahora, 28 años después y con 49 años, muestra con orgullo, y mucha preocupación.

Marini tiene un triste récord nacional y una historia testigo de las penurias que sufren miles de ex combatientes: las Fuerzas Armadas que lo llevaron todavía con acné a las islas le negaron 17 veces su circunstancia de discapacitado a causa de la contienda. Guillermo sigue viviendo en Córdoba, ahora sin trabajo y con una escasa pensión graciable. Según el Ministerio de Salud, tiene una incapacidad en el orden de 80 por ciento, pero para el Ejército, los disparos y la vivencia traumática sólo lo afectaron en un 3 por ciento. “Uno por ciento por cada bala,” se ríe Marini durante una entrevista con PERFIL.

El Ejército lo ha dejado a la deriva. “Se trata de una cuestión de dinero, ya que las FF.AA. deben pagar de su presupuesto –el sueldo de cabo, unos 970 pesos mensuales– a todos aquellos ex combatientes con más de 65 por ciento de incapacidad; pero en la práctica, sólo a los cuadros militares les reconocen ese porcentaje, al resto (los conscriptos) en general le reconocen por debajo para no pagarles”, explica a este diario Gustavo Pirich, otro conscripto ex combatiente, autor de Hojas de ruta, un libro sobre la lucha post guerra de los veteranos, con prólogo de Osvaldo Bayer.

El procedimiento, según la ley, es sencillo: el Estado –por medio de la Ley 23.109 y su reglamentación en 1988– está obligado a convocar a todos los que pelearon en la contienda y realizarles una Junta de Reconocimiento Médico para estudiar su estado, si es posible una sola vez para que no rememore los traumas de la guerra. Si su incapacidad supera el 65 por ciento recibe el beneficio. “Las fuerzas, para no pagar, exigen que sean sus médicos los que encabecen las juntas”, añade Pirich. El resultado “pocas veces se condice con lo que dicen los médicos ‘civiles’.”

El caso y la problemática llegó este año a la Defensoría del Pueblo de la Nación, que pidió informes a las FF.AA. para saber cuántos ex combatientes pasaron por una junta médica. Se llevó una sorpresa: sólo uno de cada cuatro ex combatientes pasó por una junta militar, y de las 3.500 que se hicieron, la gran mayoría concluyó que los ex conscriptos no tenían discapacidad suficiente para cobrar pensión. En cambio, de las 149 personas que pasaron por juntas civiles, a 125 les reconocieron más de 65 por ciento de discapacidad. Con los datos, la Defensoría prepara un reclamo sobre el tema. PERFIL consultó al Ejército y al Ministerio de Defensa, sin éxito.

Caso testigo. Debía ser visto por única vez, pero Marini tiene los papeles de 17 juntas médicas. La única civil a la que se presentó (a cargo del Ministerio de Salud) lo declaró discapacitado. Las 16 restantes, militares, negaron que tenga derecho a un beneficio adicional. Un día de 2007 pudo exponer su caso ante funcionarios del Ministerio de Defensa. “Siguieron negando lo que decían los médicos, y entonces me levanté de la silla y me saqué la remera; cuando vieron la cicatriz de 35 centímetros se dieron cuenta de la equivocación”, dice Marini. Al cierre de esta edición, 28 años después de la guerra, seguía siendo un “muchacho sano” para el Ejército.

Tras salir de Comodoro Rivadavia el 22 de abril de 1982 junto con otros 37 soldados de la tercera sección del Regimiento 8, Marini se enfrentó a los ingleses en cercanías a la pradera (Goose Green). Lograron tomar la plaza, pero la infantería británica con apoyo de la artillería logró recuperarla. Antes habían dado muerte el teniente coronel Herbert Jones, jefe de los paracaidistas ingleses, el militar británico de mayor rango que murió en terreno malvinense. Allí fue enterrado con honores.

Un galpón en el puerto de Darwin los mantuvo prisioneros y varias semanas más pasó en el frío del Atlántico dentro de un buque británico hasta la rendición final. Cuando regresó a Córdoba ya no pudo concentrarse para continuar sus estudios. Hoy sigue con el secundario incompleto.

Cuando volvió de las Islas, Marini fue atendido en el Hospital Militar. “En el Tercer Cuerpo me dijeron que tenía que hacer los trámites por incapacidad o discapacidad”, pero su experiencia no fue la mejor cuando se convocó a su primera junta médica: “Me vio una sola persona que me dio un martillazo en la pierna y me comenzó a apretar tan fuerte que le pedí que no lo hiciera más… me siguió apretando y me enojé”. El resultado fue “ninguna incapacidad”. Hoy cuenta que estaba tan furioso que no volvió para quejarse.

Empezó los trámites para un seguro de salud y una pensión adicional cuando el estado de su pierna comenzó a complicarse. Una psicóloga le dijo primero que sus problemas “eran familiares” y así sucesivamente fueron pasando las juntas. La única civil que lo vio le otorgó 80 por ciento de discapacidad, “pero el Ejército no la reconoce y sus médicos dicen otra cosa”. Su “negociación” incluyó reuniones en el Ministerio de Defensa –una de ellas incluyó una virtual toma del edificio de Paseo Colón– y en la Defensoría, enojos, pataleos y un abogado. “Con todo eso por ahí sale pronto el beneficio, pero no hay derecho…”, finalizó.

Las juntas dejan sin dormir a los ex combatientes, más cuando muchos superan las cinco décadas. Recuerdan casos dramáticos, como el de Gustavo Dominichelli, rechazado una y otra vez en las juntas militares. “Le decían que estaba bien, que ‘era de fierro’, que no tenía secuelas, aunque le hacían seguir un tratamiento… un día, después de salir de allí, llegó a su casa, saludó a su familia y se pegó un tiro”, se lamenta Gustavo Pirich, y termina: “Lo único que queremos en un seguro integral de salud”.

domingo, 22 de noviembre de 2009

Fallo ejemplar: Cámara de Casación "Malvinas no fue un crimen más de la dictadura"


Un duro golpe a lo desmalvinizadores, es el producto del fallo de la Cámara de Casación Penal al expedirse sobre un caso de supuesto estaqueo en el continente. Casación lo declaró prescrito e infundado, No hay delito de lesa humanidad para los jueces...
La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal consideró que vejámenes de militares contra conscriptos argentinos en Malvinas no son delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, las acciones penales que por esos hechos están prescriptas. Así lo dispuso al revocar dos resoluciones de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, por las que había rechazado dos recursos de apelación presentados por el subteniente Jorge Taranto y el capitán Daniel Polano, contra la decisión que había calificado a esos hechos como crímenes de lesa humanidad.
Ante un recurso de apelación presentado contra el polémico fallo de agosto pasado, donde la Cámara de Casación de Cómodoro Rivadavia (2 votos contra 1) expresaba que Malvinas había sido un crimen más de la dictadura. Sin embargo, en el día de hoy, la La Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal (todos votos positivos) le dio la razón a la defensa.
Dos casos
El caso de Río Grande, el fallo "Pierre", donse se acusa (entre varios acusados) al por aquel entonces subteniente Jorge Taranto (conductor del famoso programa radial "Malvinas, la verdadera historia" de Radio 10) de haber cometido cinco actos ilícitos en las Islas Malvinas, entre ellos estaqueos a sus soldados.
El caso de Comodoro Rivadavia, el fallo "Vassel", donde su acusa a Daniel Polano, por entonces Capitán, y a Hugo Álvarez de haber estaqueado por dos horas en Comodoro Rivadavia (previo a Malvinas), a un soldado.
Comodoro Rivadavia: El fallo polémico
La jueza Eva Parcio de Seleme, titular del Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia, rechazó en febrero último una excepción de prescripción en una causa similar. La magistrada sostuvo que los hechos investigados están enmarcados en el contexto histórico que atravesó el país entre 1976 a 1982, en el marco del denominado Proceso de Reorganización Nacional, “coincidente con las ilegítimas e ilegales acciones y crímenes aberrantes cometidos por la última dictadura militar”. Agregó que “la guerra de Malvinas formó parte de ese nefasto proceso con un inusitado proyecto de mantenerse en el poder. Que el hecho investigado forma parte en su generalidad, de un conjunto de hechos similares en relación a que las víctimas resultaban ser soldados conscriptos en el conflicto armado de Malvinas y que fueran cometidos en su perjuicio por algunos Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas cometidos tanto en el continente como en el territorio de las islas”. A raíz de ello, la defensa apeló a la Cámara Nacional de Casación Penal, tribunal de mayor rango.
El fallo de la Cámara Nacional
Con el fallo conocido hoy, se declara prescrita la causa, por no ver que en ella haya un delito de lesa humanidad. El fallo Polano sienta precedente en la jurisprudencia, que la Guerra de Malvinas, fue un hecho distinto al accionar aberrante de la dictadura, y que si el acusado merecía una pena, no podrá ser más que un reproche por medio de los fueros militares o bien, una sanción administrativa.
Resumen del fallo "Polano": El doctor Juan E. Fégoli dijo: "En consonancia con los autos traídos aquí a estudio, en la causa "Taranto, Jorge Eduardo s/recurso de casación" del registro de esa Sala I señalé que tanto los crímenes comunes como los crímenes contra la humanidad tienen la peculiar característica de atentar contra bienes jurídicos individuales. Es por ello que en este sentido resulta de vital importancia trazar una línea teórica que sirva como criterio de distinción al respecto, la que, como se verá, permitirá concluir que en el sub lite, realizado un juicio de tipicidad a partir de los elementos del tipo del delito de lesa humanidad, no resultará posible calificar conforme aquél los hechos imputados a Polano.
En el caso considero que por más aberrantes que puedan resultar las acciones que presuntamente se habrían desarrollado, no se encuentran acreditados los requisitos de sistematicidad ni generalidad del ataque, como elementos que elevarían los delitos supuestamente cometidos a la categoría más grave de delitos contra la humanidad. Y es que aún cuando pudieron haber existido numerosos hechos, las constancias de los autos principales revelarían que los mismos habrían respondido a la propia iniciativa de sus ejecutores ante la eventual comisión de una infracción, cuestionable o no... pudiendo colegirse de ello la inexistencia de un plan preorganizado.
Al respecto, corresponde señalar que no resulta plausible dar por probada la denominada pauta de contexto en que debe verificarse el delito a partir del momento histórico en que se desarrollaron los hechos y que, en función de esa coincidencia temporal con otros actos perpetrados por el gobierno de facto que detentaba el poder, aquéllos deban quedar subsumidos en la misma calificación que éstos. Una elaboración de esta índole no solamente adolece de falta de logicidad, sino que además, podría conducir a resultados jurídicos de manifiesta arbitrariedad, llevando a considerar crímenes de tal entidad a delitos aislados por la sola circunstancia de haber sido cometidos por personal o autoridad de alguna fuerza y durante la última dictadura militar.
La pretensión de que el hecho que se denunció en esta causa constituye un crimen de lesa humanidad no es en absoluto correcta. No sólo no resiste el análisis relativo a los textos legales internacionales contemporáneos. Tampoco puede subsumirse el hecho en la categoría de delitos de lesa humanidad si se atiende a la idea central que ha constituido la motivación histórica con la que ha sido modelada la categoría, es decir, en el propósito de distinguir los crímenes de lesa humanidad de los delitos comunes..."
"Así las cosas, sentado cuanto precede, propongo al acuerdo hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, debiendo remitirse las actuaciones a su procedencia a fin de que se dicte un nuevo pronunciamiento de conformidad con la doctrina aquí sentada, sin costas."
Jueces Raúl R. Madueño, Juan E. Fégoli y Juan C Rodrñiguez Basavilvaso.
La postura de la defensa, avalada por unanimidad de los jueces de Casación:
"Queda descartada la calificación como delito de lesa humanidad toda vez que, no solo la supuesta víctima pertenecía al ejército..., sino que en la especie se investiga un acontecimiento que aparece claramente como circunstancial y aislado, que no tuvo ninguna conexión con la ideología política del damnificado, ni fue parte de una política general del Estado...".
"La aplicación de la ´Convención sobre imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Delitos de Lesa Humanidad´ a esta especie es inconstitucional por implicar una aplicación retroactiva de la ley penal contraria al art. 18 de nuestra Carta Magna."
"La pretensión de englobar al conjunto de los militares profesionales como verdugos de sus propios soldados, es falsa, malintencionada e injusta. Los casos de inconductas o delitos, deberían haberse denunciado y juzgado a través del Derecho Penal Argentino y el Código de Justicia Militar, oportunamente. Hoy sólo queda la instancia desancionarlos administrativamente mediante decisiones emanadas del Poder Ejecutivo Nacional...".

Fuente: El malvinense . http://www.malvinense.com.ar/

sábado, 23 de febrero de 2008

LO QUE NADIE CONTO

Muchas veces desde nuestro Centro y Vetertanos que participamos en charlas hemos realizado denuncias sobre los maltrato, pero nunca lo hemos llevado a la justicia por una desicion personal.
LO QUE NADIE CONTÓ
Estaqueado en Malvinas por sacar galletitas y mermelada del refugio
La Justicia comenzó a escuchar testimonios sobre los malos tratos que recibieron los soldados durante la guerra. La denuncia se hizo en abril. Incluye un homicidio y cuatro muertes por inanición.
15-08-2007 06:02 hs.
Autor: · Fuente: Página/12
Carlos Ferreira llegó a las islas Malvinas desde Chaco. Durante su estadía, sus superiores ordenaron estaquearlo porque comprobaron que había entrado al refugio del jefe de regimiento para sacarle galletitas y mermelada. Un grupo de soldados argentinos observó qué sucedía con él desde el puesto de guardia en la Colina Saper Hill. Lo ataron de pies y manos y lo cubrieron con una loneta, dijo Orlando Pascua, un ex soldado de Malvinas y testigo de aquella escena que ayer contó por primera vez a la Justicia.La causa de los estaqueamientos en Malvinas comenzó en el mes de abril con una denuncia en Río Grande. Un grupo de ex soldados de Malvinas pidió a la Justicia una investigación por veintidós delitos graves en las islas, entre ellos un homicidio, cuatro muertes por inanición, cinco estaqueamientos y vejámenes. Esta semana la jueza Lilian Herraez, de Río Grande, se trasladó a Corrientes para tomar los primeros testimonios de la causa. Con Orlando Pascua declararon otras ocho personas y lo mismo sucederá de hoy al viernes.“La causa está empezando recién y esto es un paso ineludible para agregar las pruebas con los testimonios al expediente”, dijo a Página/12 el subsecretario de Derechos Humanos de Corrientes, Pablo Vassel. “Si la jueza no se hubiese trasladado hasta acá, todo sería más difícil.”Detrás de la apertura de la causa, los viejos soldados de Malvinas piden la imprescriptibilidad de los delitos: que los hechos ocurridos durante la guerra que inició la dictadura durante el mes de abril de 1982 sean evaluados con el peso de crímenes de lesa humanidad. El gobierno de Corrientes decidió acompañar ese reclamo presentándose como querellante en la causa. A nivel nacional, en cambio, las posiciones no son iguales. El Gobierno no se pronunció y aunque hay quienes no le ven futuro al pedido, los correntinos insistirán.“Hoy empieza a sesionar en Corrientes el Consejo Federal de Derechos Humanos –explicó Vassel–, que está formado por 24 provincias y tiene representantes de Nación, probablemente nosotros vamos a presentar el pedido en ese ámbito”.La denuncia se nutrió del trabajo de dos años de un grupo de soldados de Corrientes y del Centro de Ex Combatientes de La Plata. Luego de analizar más de cien testimonios, presentaron 23 denuncias en abril y ahora le entregarán a la jueza catorce nuevos casos. Entre unos y otros, ahora suman ocho víctimas de estaqueamiento, el homicidio del soldado correntino Rito Portillo y cuatro muertes por hambre de los ex soldados Fernández, Riquelme, Esquivel y Quintana.La jueza viajó a buscar los testimonios de la primera parte de la causa. De los 23 casos originales descartó uno y ayer se concentró en nueve personas. Entre ellos, oyó a Orlando Pascua y a dos testigos fundamentales del crimen del soldado Portillo; uno de ellos es Germán Navarro.Portillo llegó a Malvinas desde un pueblo llamado San Luis del Palmar, a unos treinta kilómetros de la capital de Corrientes. Germán Navarro era uno de sus compañeros de guerra, otro soldado que presenció involuntariamente momentos inmediatos a su muerte y en el asesinato involucró a un cabo. “Lo venía amenazando”, dijo ayer, “lo trataba como un animalito” o como un “perro” y le había dicho que “tampoco iba a salir vivo de ahí”. Una noche, mientras dormía en un refugio con otro compañero, Navarro escuchó la ráfaga de una ametralladora, salió a mirar, vio un cuerpo boca abajo y notó que era Portillo. Cuando preguntó qué había pasado, le dijo a la jueza, el cabo de apellido “Cabrera” se reconoció como autor.En Corrientes viven unos 800 ex combatientes. Después de Buenos Aires y de Chaco, con diferencia de diez o doce soldados, es la provincia que más volumen de soldados mandó a la guerra. Muchos de ellos empezaron a verse nuevamente hace dos años, luego de la presentación en la provincia de Iluminados por el fuego, la película que citan como punto motor del reclamo. “Muchas veces se trató de separar Malvinas de la dictadura –dijo Pascua a este diario–, pero no: el 99 por ciento éramos cabecitas negras; no había hijos de empresarios ni de ricas familias entre los caídos.”

Pelicula "Locos de la Bandera "